GMC Abogados de Familia

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GMC
Abogados de Familia
Bienvenido a GMC Abogados de Familia, estudio jurídico especializado exclusivamente en Derecho de Familia. Contacto

Abogados Especialistas

Profesionales especializados en derecho familiar, brindando experiencia y conocimientos específicos.

Comprometidos con la familia

Nos preocupados del bienestar emocional y el futuro de todas las partes involucradas, especialmente los niños.

Empatía y Comprensión

Empáticos y comprensivos, creamos un ambiente seguro y de confianza para nuestros clientes.

Pago Flexible

Modalidades de pago flexibles y presupuestos informados desde el inicio

Bienvenidos a GMC Abogados de Familia

Bienvenido a GMC Abogados de Familia, estudio jurídico especializado exclusivamente en Derecho de Familia. Acompañamos a nuestros clientes con profesionalismo, cercanía y compromiso, ofreciendo soluciones efectivas y ajustadas a derecho para los distintos conflictos que afectan a las familias chilenas.

GMC Abogados de Familia es un estudio jurídico conformado por profesionales con experiencia en litigación y asesoría en Derecho de Familia. Nacemos con el objetivo de entregar un servicio serio, ético y eficaz en materias que, además de su complejidad legal, involucran aspectos personales y emocionales profundos.

Nos caracteriza una atención personalizada, el compromiso con la verdad jurídica y el respeto por los derechos de cada integrante de la familia, especialmente los niños, niñas y adolescentes.

Misión Visión

Prestar servicios jurídicos especializados en Derecho de Familia, brindando asesoría y representación judicial y extrajudicial de manera ética, responsable y profesional, con enfoque en la protección de los derechos fundamentales de nuestros clientes y el cumplimiento del ordenamiento jurídico vigente.

Ejercer una práctica jurídica especializada en Derecho de Familia, con altos estándares profesionales y éticos, orientada a ofrecer soluciones jurídicas integrales, efectivas y respetuosas del ordenamiento jurídico vigente, resguardando el interés superior del niño, la igualdad entre las partes y la protección de los derechos fundamentales de cada persona involucrada.

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Años de Experiencia
GMC Abogados de Familia
+ 1
Equipo de trabajo
1 +
Asesorías Exitosas
+ 1
Clientes

Nuestros Servicios

Juicios de Paternidad

Juicios de Paternidad

Ceses de Convivencia

Ceses de Convivencia

Divorcios

Divorcios

Compensación Económica

Compensación Económica

Liquidación de Sociedad Conyugal

Liquidación de Sociedad Conyugal

Cambio de Régimen Patrimonial

Cambio de Régimen Patrimonial

Declaración de Bien Familiar

Declaración de Bien Familiar

Redacción de Testamentos

Redacción de Testamentos

Cambio de Nombre y/o Apellido

Cambio de Nombre y/o Apellido

Autorización para Enajenación de Bienes

Autorización para Enajenación de Bienes

Patria Potestad y Adopción

Patria Potestad y Adopción

Violencia Intrafamiliar (VIF)

Violencia Intrafamiliar (VIF)

FAQs

Preguntas Frecuentes

• Divorcio de mutuo acuerdo: Ambos cónyuges solicitan el divorcio de común acuerdo. Requiere acreditar al menos 1 año de cese de convivencia.
• Divorcio unilateral: Uno de los cónyuges solicita el divorcio sin el consentimiento del otro. Requiere acreditar al menos 3 años de cese de convivencia.
• Divorcio por culpa: Se basa en infracciones graves a los deberes matrimoniales, como violencia, infidelidad, abandono, drogadicción, etc. No requiere acreditar plazo de cese de convivencia.
Es una declaración unilateral realizada ante el Oficial del Registro Civil donde uno de los cónyuges manifiesta su voluntad de poner fin a la convivencia. Es requisito obligatorio en caso de divorcio unilateral o de mutuo acuerdo (Art. 25, Ley 19.947).
• Divorcio de mutuo acuerdo: 1 año desde el cese de convivencia.
• Divorcio unilateral: 3 años desde el cese de convivencia.
• Divorcio por culpa: No requiere plazo, pero debe probarse la causal invocada.
• Existencia del matrimonio.
• Plazo de cese de convivencia según el tipo de divorcio.
• Causal invocada en caso de divorcio culposo.
Para matrimonios celebrados después del 17 de noviembre de 2004, se requiere:
• Acta del Registro Civil.
• Escritura pública.
• Transacción judicial aprobada.
• Notificación de demanda en materias familiares.
Para matrimonios anteriores al 17 de noviembre de 2004, puede probarse por cualquier medio (testigos, documentos, etc.).
Es el derecho de un cónyuge a ser indemnizado cuando, por haberse dedicado al hogar o al cuidado de los hijos, no pudo desarrollarse laboral o económicamente durante el matrimonio.
• Dedicación al hogar o a los hijos/as.
• Falta de desarrollo laboral o económico.
• Menoscabo económico derivado del matrimonio y su término.

El tribunal considera:
• Duración del matrimonio y vida en común.
• Situación patrimonial de ambos cónyuges.
• Edad y salud del solicitante.
• Calificación profesional y capacidad laboral.
• Buena o mala fe.
• Colaboración en actividades del otro cónyuge.
Contacto

Zona de Contacto

Ubicados en:

Concepción y todo Chile (vía online)

Número de Teléfono

‎+56 9 91607326

Horario Atención

Lunes a Viernes, 09:00 a 17:00 hrs

Correo Electrónico

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